00:00Y le damos la bienvenida a María
00:02Guzmán Coveñas, abogada experta
00:04en derecho de familia. ¿Cómo
00:05está, doctora? Siempre es un
00:06gusto conversar con usted. Muy
00:07bien, gracias por la invitación
00:08a todos ustedes y a subir todas
00:09las consultas. Así es, vamos a
00:10hablar sobre un tema
00:11coyuntural que ha tocado la
00:13fibra, el corazón de los
00:14peruanos, y es esta joven que
00:16al parecer habría fallecido a
00:18manos de su propia pareja en
00:20Estados Unidos. Los niños se
00:21encuentran aquí, han sido
00:22repatriados, sabemos que se
00:24encuentran con la familia
00:25materna, ¿No? De Sheila
00:27Gutiérrez. Este, por ejemplo,
00:29presunto asesino, está prófugo
00:32de la justicia, su familia
00:33exige y clama que sea detenido
00:36y que por supuesto se haga
00:38justicia. Sin embargo, el tema
00:40el día de hoy es, ¿Quién asume
00:41la custodia de los hijos menores
00:44de edad en caso existe algún
00:46tipo de problema, fallecimiento
00:48del progenitor o la
00:50progenitora? Si la madre
00:52fallece, como es el caso de
00:53esta joven Sheila, ¿Quién va
00:54a asumir la custodia de estos
00:56tres pequeños? Desgraciadamente
00:58aquí en Perú no hay una
00:59política establecida y clara en
01:01los casos de feminicidio, porque
01:02es un problema latente. Sin
01:05embargo, la el código del niño
01:07adolescente solamente señala en
01:08el artículo ochenta y ocho que
01:10en caso del fallecimiento del
01:11padre o madre, es decir, un
01:13progenitor, la custodia pasará al
01:16padre sobreviviente o madre
01:17sobreviviente, pero este caso no
01:18es sobreviviente. Pero este padre
01:20supuestamente según la justicia,
01:23según lo que dice los
01:24familiares de Sheila, porque
01:25esa prófugo sería él, el asesino de
01:28la madre. Entonces yo cuando
01:30cuando conversamos sobre el caso
01:32con la producción, ¿Este padre va
01:34a tener derechos sobre estos
01:36niños? ¿Con qué cara, con qué
01:38rostro puede haber esos tres
01:40pequeños si él ha violentado a su
01:42madre? Es un gran vacío jurídico,
01:44pero el juez debe tomar en cuenta la
01:46condición que ha sucedido. Segundo,
01:50también va a tomar en cuenta lo que
01:52narren los niños, y va a ir a la
01:55custodia de familiares, los más
01:57propicios, los abuelos, tíos, y
02:00hasta cuarto grado de parentesco. Es
02:02lo ideal, ¿No? Ahora, los padres
02:04acá en Perú, los papás de Sheila,
02:06que están en Perú, tienen todo el
02:07derecho de solicitarlo a través de
02:09Cancillería, el procedimiento ante
02:11un juez de familia para que esos
02:13niños pasen y se declaren bajo la
02:15custodia y tendencia de sus abuelos
02:17o familiares cercanos. Este padre que
02:19está vivo, que está prófugo, que
02:20sería el presunto feminicida de Sheila
02:24Gutiérrez, sigue teniendo derechos y
02:26obligaciones sobre estos niños, hablo
02:28de la pensión de alimentos, régimen de
02:29visitas. Así es, eso no se paraliza.
02:33Tiene que seguir cumpliendo con los
02:34deberes del padre e inclusive ya una
02:37vez que pase al centro penitenciario,
02:40el juez allí recién podría solicitar
02:43los familiares de la mamá de Sheila
02:45que se pierda esa patria potestad, se
02:48paralice para que así no exija el el
02:51derecho a ver a sus hijos. Correcto,
02:53doctora, vamos a ir por supuesto
02:55conversando con el público que se ha
02:56conectado a través de Radio Exitosa, a
02:59través de los números siete cuatro
03:00diez noventa y cinco cinco y el
03:02WhatsApp nueve cuarenta ochocientos
03:05ochocientos. Y usted hace bien,
03:07doctora, en explicar y ser muy
03:08enfática en que aquí en las leyes
03:10peruanas hay un vacío legal porque hay
03:12muchos casos de feminicidio donde
03:14estos niños se quedan desprotegidos, se
03:16quedan sin la madre víctima justamente
03:18de este padre, pero no queda claro
03:21cuál va a ser la relación con el
03:22asesino de su madre. Así es,
03:24inclusive si no hubiera familiares, el
03:26destino de estos niños va a ser
03:28INAVIF o cualquier institución o
03:30albergue, cosa que no debería
03:31permitirse por el interés superior del
03:33niño. Por eso cualquier pariente
03:35cercano tiene, puede solicitar ante el
03:38juez el que se le otorgue esta
03:40tenencia de custodia del menor.
03:41Correcto, doctora. Siete cuatro diez
03:43noventa y cinco cinco y el WhatsApp
03:45nueve cuarenta ochocientos ochocientos.
03:48El tema que hemos dispuesto aquí en
03:49la secuencia, usted tiene derecho, es
03:52quien asuma la custodia de los hijos
03:54menores en caso exista algún
03:56fallecimiento de un progenitor o
03:58progenitora. Eh, ¿Quién tenía, quién
04:01tendría, digamos, más derecho a
04:02despedir esta custodia? ¿Serían los
04:04abuelos? Sí, familiares de la
04:06víctima, sobre todo, porque si se
04:08podría determinar que la madre del
04:10asesino conocía, tenía indicios, o
04:13permitió, porque muchas veces la
04:15esposa o la mujer pide apoyo a la
04:18persona que está más cerca, y sin
04:19embargo fue negado, habría
04:21suficientes causales para
04:22impedírsele que se acerquen a
04:24estos niños una medida de
04:24protección. Así es. Es muy
04:26frecuente, hacemos la invocación
04:28para todos los abuelos que están
04:30luchando por la custodia de sus
04:31hijos, no solamente por el
04:33fallecimiento de un progenitor o
04:34progenitora. Hay muchos casos,
04:37como ya hemos escuchado, doctora,
04:38aquí en el programa, por ejemplo,
04:40la adicción, ¿no? Así es. Eh, el
04:42hijo, la hija, son adictos, eh, no
04:44están cuidando, criando, se lo
04:46va guardando su vida de de los
04:48nietos, y ellos dicen, yo voy a
04:49asumir esa responsabilidad. Así
04:51es. Yo quiero su patria potestad,
04:52su custodia. Así es, le otorga por
04:53el interés de estos niños. Ahora,
04:55el problema va a ser cuando el
04:57padre cumple su condena y salga a
04:59la sociedad nuevamente, y los
05:01hijos ya adultos, deberán,
05:03decidirán ellos si van a
05:05continuar o no. Ahora, tiene, esta
05:08persona es desheredada, los
05:10familiares tienen que solicitar
05:11también la desheredación, porque
05:12sería, eh, van a pasar sus
05:15bienes de la esposa a no a manos
05:17de él, y se ha habido ya casos
05:18anteriores, por ejemplo, el el
05:20caso de Yamoja que asesinó a su
05:22madre, había sido heredera
05:23universal de todos los bienes,
05:26entonces, las leyes tienen que ser
05:27más estrictas en ese sentido. Yo
05:28estuve investigando, solamente hay
05:30un apoyo económico que se prometió en
05:32el año dos mil veintidós por parte
05:33del gobierno, pero no una política
05:35pública, porque si no, estos niños
05:37van a ir a a una casa, un albergue,
05:39y no debe ser así. Así es,
05:41doctora, siete, cuatro, diez,
05:42noventa y cinco, cinco, el
05:44WhatsApp, nueve, cuarenta,
05:45ochocientos, ochocientos, hoy
05:47hablamos sobre la custodia, qué
05:49pasa si hay un problema con el
05:51padre, con la madre, sea por
05:52fallecimiento, sea también, hay
05:55también algunos casos, lo hemos
05:56escuchado, donde consideran que
05:58los padres son inimputables, son
06:00personas que no están en sus cinco
06:02sentidos y que no pueden asumir la
06:04crianza de estos niños, no solamente
06:06por vicios, sino también por problemas
06:07de salud mental. Inclusive cuando
06:09son menores de edad, la
06:10responsabilidad, un menor de edad
06:12puede pedir su emancipación, porque
06:14ya la ley le permite firmar a su
06:16hijo, pero no lo va a poder
06:17mantener, entonces, los padres de
06:19ambos tienen que tienen que
06:21reemplazar a estos hijos y en su
06:22representación, cubrir con las
06:24necesidades de este menor.
06:25Éxitosa.
06:25Ningún menor podría quedarse sin el
06:27amparo familiar. Si hablamos de la
06:29custodia, cuando un abuelo, un
06:31familiar, quizás un tío, una
06:34tía, pide la custodia de estos
06:35menores, ¿cuáles son los casos que
06:38pueden ser considerados además del
06:40fallecimiento?
06:41Así es, el abandono físico o el
06:45abandono moral, porque puede vivir
06:46cerca y todos los días le deja a la
06:49hermana, al hijo, para que le cuide y
06:52se va. Entonces, ello corresponde pues
06:56que la madre, todos los padres tienen
06:58la patria potestad, pero la tenencia es
07:01quien lo tiene y sobre todo la
07:02custodia, quien lo cuida. Muchos casos
07:04son que la tenencia la tiene la
07:06madre, pero la custodia la tiene la
07:08abuela, porque se queda bajo el
07:10cuidado de ella. Entonces, esa figura,
07:12tenencia y custodia no pueden estar
07:13separados, todos tienen que recaer en
07:15un mismo hogar, en una familia, porque
07:17todo niño tiene derecho a crecer bajo
07:19un seno familiar. El amor que debe
07:22recibir, ya lo dijo las convenciones
07:23internacionales de los derechos del
07:25niño.
07:26Rectora, por ejemplo, yo recuerdo
07:27mucho estos casos terribles de dos
07:30policías asesinados por criminales que
07:33han cumplido con su función. No hay
07:35papás, se van a quedar con la mamá,
07:37pero ¿quién va a asumir una
07:38responsabilidad económica con estos
07:40niños, doctora? Claro, ellos van a ser
07:42huérfanos y van a tener la pensión de
07:44orfandad, van a tener que cubrir, pero
07:45es mínimo. Hasta que sean mayores de
07:48edad, hasta los dieciocho años. Claro que
07:50sí. Sin embargo, eso no es suficiente,
07:52¿no? No es suficiente porque. Para un
07:54niño. Deben pues darse
07:56oportunidades, ¿no? Para poder
07:59sobrellevar sobre todo emocionalmente
08:01porque eso ya está marcado para esos
08:02niños para el futuro.
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