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  • hace 1 año
La divulgación de este contenido los vuelve víctimas de delitos contra la intimidad sexual, los cuales se encuentran dentro de la Ley Olimpia contra la violencia digital.

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Transcripción
00:00La difusión de un video íntimo de dos policías generó polémica en redes sociales, pero más allá del escándalo, expertas aseguran que esta filtración podría ser un delito que vulnera su intimidad. Vea.
00:11La difusión de un video en redes sociales
00:41En el que se observa a dos elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana al interior de una patrulla realizando actos sexuales, generó bastante ruido y crítica por distintos medios. Sin embargo, aunque ambos son servidores públicos, la divulgación de este contenido los vuelve víctimas de un delito.
00:55El hecho de que ellos sean policías no justifica que se haya compartido su video. Eso merita sanciones administrativas, tiene que ver todo con lo laboral, pero el hecho de que hayan sido tomados los videos sin su consentimiento, eso forma parte de una ley penal.
01:14Al respecto, abogadas explicaron que si bien los policías fueron graduados presuntamente en horario laboral, los actos que realizaron ameritan únicamente sanciones administrativas que debe determinar la dependencia.
01:26O sea, sí hay un tema de justo pensar que la persona que lo hizo, pues sí está entendiendo que cuando hay una persona servidora pública pareciera que todos los aspectos de su vida tienen que ser controlados y sancionados por la sociedad y el Estado, y no es así.
01:44Cabe señalar que en el caso de la mujer policía hay agravantes en razón de género, ya que en redes sociales se han comenzado a difundir fotografías de ella con comentarios machistas y misóginos, lo cual vulnera sus derechos.
01:56Y no se está viendo que realmente se quiera hacer justicia, sino más bien se está juzgando la vida sexual de las personas, ¿no? Y se está poniendo como excusa el tema de, o sea, para justificar esta filtración que son servidores públicos.
02:12De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, se considera delito contra la intimidad sexual cuando se videograve, audiograve, fotografíe, filme o elabora imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
02:29Y las penas pueden ir de cuatro a seis años de prisión.
02:33Para Mirénia Noticias, Azul Arangel.
02:42Gracias por ver el video.
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