Madrid, 1 oct (EFECOM).- El Juzgado de lo Mercantil número 3 debe resolver si Blablacar es un servicio de transporte, que hace competencia desleal a las empresas de autobús, por lo que se tienen que dictar medidas cautelares, tal y como pide la patronal Confebús, o son servicios electrónicos, como defiende la plataforma online. www.efe.com. Palabras clave: efe-demanda-blablacar-confebus
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