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  • 1/10/2015
Madrid, 1 oct (EFECOM).- El Juzgado de lo Mercantil número 3 debe resolver si Blablacar es un servicio de transporte, que hace competencia desleal a las empresas de autobús, por lo que se tienen que dictar medidas cautelares, tal y como pide la patronal Confebús, o son servicios electrónicos, como defiende la plataforma online.



Palabras clave: efe,demanda,blablacar,confebus

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